Decreto N° 1522-2021
Créase la Dirección General de Compras y Contrataciones, en la órbita de la Contaduría General de la Provincia. [1]
Estado de la norma: VIGENTE.-
Publicado en B.O. 3471 del 18-06-21.-
Dictado el 31-05-21.-
Operador del Digesto: M.L.E.-
VISTO:
Lo actuado por Expediente Nº 5317/21, caratulado por la Mesa General de Entradas y Salidas: CONTADURÍA GENERAL S/ CREACIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES.-; y
CONSIDERANDO:
Que, se hace necesaria la incorporación de una estructura administrativa que atienda la nueva dinámica de las compras y contrataciones realizadas por los diferentes organismos;
Que, adaptar la estructura orgánica a los cambios y a las nuevas necesidades permite adecuarse a las circunstancias de una forma organizda, evitando un comportamiento que resulte disfuncional;
Que, para ello resulta necesario modificar el organigrama funcional de la Contaduría General de la Provincia, aprobado por Decreto Nº 1374/03, para así cumplir con las responsabilidades que le son propias, fijando su misión y función;
Que, por el artículo 11, último párrafo, de la Ley Nº 3311 - Presupuesto general de la Administración Provincial para el Ejercicio 2021 - se creó el cargo necesario de Director General de Compras y Contrataciones para desempeñar las funciones en el área proyectado;
Que ha tomado intervención la Asesoría Letrada Delegada del Ministerio de Hacienda y Finanzas;
Que el presente se dicta en ejercicio de la facultad establecida por el artículo 9º, de la Ley Nº 3170 - Ley de Ministerios y Secretarías-;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º.-Créase la Dirección General de Compras y Contrataciones, en la órbita de la Contaduría General de la Provincia.
Artículo 2º.-Dése dependencia al Departamento de Compras y Suministros de la Dirección General de Compras Y Contrataciones.
Artículo 3.-Incorpórase al Anexo I del Decreto Nº 1374/03 –Organigrama Funcional de la Contaduría General de la Provincia-, la Dirección General de Compras y Contrataciones, conforme al Anexo I del presente Decreto.
Artículo 4º.-La Dirección General de Compras y Contrataciones tendrá las funciones y responsabilidades que como Anexo II integran el presente.
Artículo 5º.-Establécese las unidades de Organización de la ContaduríaGeneral, con vigencia a partir de la Fecha, según se detallan en el Anexo III que forma parte integrante del presente Decreto. El gasto necesario para el cumplimiento del presente, se atenderá con las partidas que correspondan del presupuesto vigente.